Inicio · Áreas de práctica · Derecho Familiar

Derecho familiar · Modificación de pensión

Las pensiones no son inmutables. Cuando cambia la realidad, cambia el derecho.

Representamos a quienes requieren modificar judicialmente la pensión alimenticia previamente establecida —para aumentarla cuando el ingreso del deudor o las necesidades del acreedor han cambiado, o para reducirla cuando ya no es proporcional.

Documentación procesal
01 · El planteamiento

La proporcionalidad debe revisarse cuando los hechos cambian.

La pensión alimenticia debe ser siempre proporcional a las posibilidades del deudor y a las necesidades del acreedor. Cuando esas variables cambian sustancialmente —el deudor pierde el empleo, el acreedor cursa estudios universitarios, surge una enfermedad grave, nace otro hijo del deudor, el costo de vida se incrementa significativamente—, procede la modificación judicial.

La firma plantea la modificación tanto del lado acreedor como del deudor, integra la prueba documental de las nuevas circunstancias y conduce el incidente o juicio que corresponda hasta la nueva resolución.

02 · Cómo trabajamos

Atención técnica, comunicación documentada.

Cada asunto se atiende bajo cuatro principios: criterio antes que conveniencia, atención directa del titular del expediente, comunicación periódica documentada y honorarios transparentes pactados por escrito. La gestión es plenamente digital, sin perjuicio de las comparecencias presenciales que resulten indispensables.

La aceptación del caso se formaliza mediante propuesta escrita y contrato de prestación de servicios profesionales, que detalla alcance, entregables, plazos y honorarios. La información compartida durante la valoración inicial es tratada bajo estricta reserva profesional.

Plantee el caso en confianza.

Escríbanos con la información que tenga disponible. Le responderemos personalmente para evaluar la procedencia y los siguientes pasos.

La información recibida se trata bajo estricta reserva profesional. El envío de este formulario no constituye, por sí solo, relación de prestación de servicios profesionales con el despacho.